Para el año 2020 la Asociación
Mascarat, en su sección deportiva de Montaña, ofrece una subvención del 100% para
realizar el curso de Guía Benévolo. Una oportunidad única para aquellas
personas que practican cualquiera de las especialidades de los deportes de
montaña y que teniendo experiencia y conocimientos quieran transmitirlos dentro
de sus clubes o asociaciones para sus asociados. Esta subvención supone un esfuerzo económico importante por parte de la Asociación para seguir avanzando en temas de seguridad en la montaña.
Los requisitos para recibir esta
subvención son los siguientes:
- Que la persona haya sido Socio de Número los 2 años anteriores.
- Que haya organizado 2 o más actividades en el año anterior.
- Que se comprometa a realizar 4 prácticas de guía en la Asociación.
- Que cumpla los requisitos que exige FEMECV. (Estar en posesión del título de Graduado escolar, ESO, equivalente a efectos académicos o prueba de Madurez y tener la Licencia Deportiva FEMECV en vigor)
Esta subvención dependerá del
balance económico de las cuentas anuales, siendo como mínimo subvencionada una
persona al año. En caso de varios solicitantes se valorará primero las
actividades organizadas en el año anterior y posteriormente la antigüedad. En
caso de desempate lo valorará la Junta Directiva y se aprobará por asamblea
ordinaria.
Esta titulación esta enfocada en
la organización de actividades colectivas típicas a los clubes de montaña según
modalidad. La titulación de monitor de club de montañismo tiene el aval que
concede la UIAA (Unión Internacional de Asociaciones de Alpinismo) a toda
aquella formación que cumple sus standares formativos. Menos en el caso del
descenso de barrancos que es una actividad que no recoge esta asociación
internacional.
El título acredita que la persona
que lo posee tiene conocimientos necesarios para organizar las
actividades/salidas dentro de los clubes, será capaz de elegir la actividad
idónea según grupo atendiendo al tipo del itinerario y previsión meteorológica
y a liderar éstas en el medio de montaña. Están fuera de sus funciones impartir
cursos para la enseñanza de las técnicas y habilidades deportivas según sus
modalidades, esta capacitación es propia, junto con la de guiar en el medio de
montaña, de los técnicos deportivos en montaña según competencias reguladas por
el REAL DECRETO 318/2000, de 3 de Marzo, donde se aprueban las correspondientes
enseñanzas mínimas, además regula las pruebas y requisitos de acceso a estas
enseñanzas. Y establece los títulos de Técnico Deportivo Medio y Técnico
Deportivo Superior en las especialidades de los Deportes de Montaña y Escalada.
Se adecuará a los contenidos de
la asignatura en cada caso y serán competentes dentro los deportes de montaña. En
el caso de la impartición de los bloques específicos serán según modalidad,
Técnicos deportivos en Montaña y Escalada, Guías de Barrancos, licenciados en
Educación Física y expertos reconocidos.
El Horario y lugar de las
prácticas según curso. Será obligatorio la asistencia al 100% de las clases
presenciales. Se realizarán el fin de semana y/o fiestas generales de la
Comunidad Valenciana, utilizando los viernes por la tarde cuando sea necesario
para completar la carga horaria.